Boletín IHR LEGAL Enero – Marzo 2023

IHR-Derechos-Humanos-Internacionales
Derechos-humanos-internacionales-logo
IHR_Legal_Derechos_Humanos_Internacionales

Boletín IHR LEGAL

Boletín IHR LEGAL

Enero – Marzo 2023

IHR-derechos-humanos

En este boletín:

Lo más destacado de nuestro último boletín

    • El 27 de marzo de 2023 el ACNUDH publicó un nuevo informe de país sobre la libertad de expresión en Yemen. El informe cubre una serie de aspectos relacionados a la libertad de expresión en el país y presenta resultados cuantitativos sobre la violencia sufrida por periodistas, individualización de casos de violencia contra la prensa, así como formulación de diversas recomendaciones al Estado, en el marco del contexto actual del conflicto en Yemen propiciado por la propaganda y la desinformación.
  •  

    • El 21 de marzo de 2023 la CADHP publicó la Resolución No. 550 sobre Empresas y Derechos Humanos en África. Con base en los derechos a disponer libremente de la riqueza y los recursos naturales, al desarrollo económico, social y cultural, y a un entorno generalmente satisfactorio y favorable al desarrollo reconocidos en la Carta Africana, la CADHP instó a la Unión Africana a que tome una serie de medidas para que se motive a los Estados a aplicar un enfoque basado en los derechos humanos para la aplicación de marcos nacionales de economía azul, entre otras medidas.
  •  

    • El 17 de marzo de 2023 el TEDH consideró que se ha producido un cambio positivo en la persecución de los delitos de odio contra las personas gays en Lituania y en consecuencia no constató una violación del derecho a un recurso efectivo en el caso “Valaitis c. Lituania”. El demandante, Sr. Jonas Valaitis, publicó un ensayo en el que mencionaba a un finalista de un concurso televisivo que se había declarado publicamente gay. En respuesta, se publicaron diversos comentarios de odio contra personas gays. El demandante denunció ante el TEDH que el Estado no había tomado medidas efectivas para proteger a la comunidad gay contra dichos ataques. Sin embargo, el TEDH consideró que no había habido ninguna actitud discriminatoria por parte de las autoridades lituanas, y que aunque la investigación preliminar no condujo a la condena de los responsables, no se había violado el artículo 13 del CEDH, considerado en su conjunto.

  •  

    • El 6 de marzo de 2023 la CIDH eligió su Junta Directiva para 2023, siendo la segunda junta directiva de la historia integrada en su totalidad por mujeres y la primera junta directiva compuesta solo por mujeres de países de América Central y del Caribe. La Junta Directiva está compuesta por la Presidenta, Comisionada Margarette May Macaulay de Jamaica, la Vice Presidenta, Comisionada Esmeralda Arosemena de Troitiño de Panamá y por la Segunda Vice Presidenta, Comisionada Roberta Clarke de Barbados.

Acceder a Ediciones Anteriores:

Boletín IHR LEGAL Octubre – Diciembre 2022

On July 7, 2022, the ECtHR ruled that Italian authorities did not respond with the requisite promptness and diligence in dealing with domestic violence in the case of “M.S. v. Italy”. The applicant, M.S., an Italian national, was assaulted, harassed, and threatened for years by her then-husband, D.P., for which reason she filed several complaints against him. However, the State authorities began to take measures late, for which reason the ECtHR held the State responsible for the period in which it did not take effective measures.

leer más

Boletín IHR LEGAL – Julio- Septiembre 2022

El 7 de julio de 2022 el TEDH dictaminó que las autoridades italianas no actuaron con la prontitud y la diligencia requeridas ante los actos de violencia doméstica en el Caso “M.S. c. Italia”. La demandante, M.S., de nacionalidad italiana, fue agredida, acosada y amenzada durante años por su entonces marido, D.P., razón por la cual presentó varias denuncias en su contra. Sin embargo, las autoridades del Estado comenzaron a tomar medidas tardíamente, por lo cual el TEDH declaró al Estado responsable por el periodo en que no tomó medidas efectivas.

leer más

Noticias sobre el sistema universal y los sistemas regionales de promoción y protección de los derechos humanos

I. SISTEMA UNIVERSAL DE DERECHOS HUMANOS

1. Office of the United Nations High Commissioner for Human Rights (OHCHR)

The OHCHR is the principal human rights entity of the United Nations. Its functions include promoting and protecting all human rights, helping to empower people, and developing a human rights perspective in all United Nations programs. The current United Nations High Commissioner for Human Rights is Mr. Volker Türk.

News from the OHCHR:

On March 27, 2023, the OHCHR launched a new country report concerning freedom of expression in Yemen. In the report, the OHCHR recalled that the right to seek, receive and impart information and ideas of all kinds is guaranteed to all individuals, without distinction of any kind. In addition, the OHCHR affirmed that freedom of expression also includes a free, uncensored, and unhindered press and  media, which are essential in society to ensure freedom of opinion and expression. Regarding Yemen specifically, the OHCHR pointed out that the ongoing conflict in the country has entered its ninth year due to conflict-driven propaganda and disinformation which led to ideological and socio-political conflicts throughout the country. In this sense, the parties to the conflict have characterized critical voices in society as foreign actors who want to threaten national security, which has directly delegitimized the work of journalists and even caused self-censorship. The consequences of this scenario were manifold: many of the journalists who wanted to maintain the integrity of their work left the country, women journalists suffered severe bullying on the internet, and threats, arbitrary arrests, enforced disappearances, and killings continued to be a constant reality in the country.

Image source: Amnesty International, “Yemen: Government must stop prosecution and harassment of journalists”, available at: https://www.amnesty.org/en/latest/news/2022/08/yemen-government-must-stop-prosecution-and-harassment-of-journalists/.

In light of these facts, the OHCHR made a quantitative survey of the violence suffered by journalists from May 2021 to December 2022, and the report presents all the results. Among them, 56 cases of violence against freedom of expression and the media were documented during this period, and the report provides some examples of cases of victims of the violations, describing the events. Lastly, the OHCHR made several recommendations to the State, including the need to immediately release journalists who had served their sentences, to publicly condemn all forms and incidents of attacks against journalists, and tackle impunity for perpetrators of human rights violations against journalists. The country report can be found here.

On January 4, 2023, the OHCHR published the report “Support systems to ensure community inclusion of persons with disabilities, including as a means of building forward better after the coronavirus disease (COVID-19) pandemic”. The report covers several important issues, such as support and care systems as a pre-condition for disability inclusion, support, and care systems in the international human rights framework including in the Convention on the Rights of Persons with Disabilities, and a conceptual framework for gender-responsive and disability-inclusive support and care systems. The report recalls that support and care systems are indispensable for persons with disabilities to fully, actively, and meaningfully participate in society on an equal basis, with equal choices for all, and to live with dignity, autonomy, and independence. One of the reasons for publishing the report is that the pandemic of COVID-19 has accelerated debates regarding support and care systems, as there have been disproportionate deaths in psychiatric isolation and social care facilities, as well as school closures and lockdowns, which have brought into focus the importance of the role of community care and support for the well-being of people. The report provides a range of recommendations to the States, including the need to take steps towards adopting a life-cycle approach to the design of policies that recognize the multiple needs that people experience according to their specific realities, and the necessity that time-for-care, cash-for-care, and disability-inclusive services need to be based on human-rights based model of disability. The report can be found here.

2. Committee on the Elimination of Discrimination against Women (CEDAW)

The CEDAW is the United Nations body of independent experts that monitors the implementation of the Convention on the Elimination of All Forms of Discrimination against Women.

News from the CEDAW:

On March 8, 2023, the CEDAW decided that, in failing to provide gender-sensitive drug dependence treatment, Russia violated women’s rights in the “Oksana Shpagina v. Russia” case. The author, Mrs. Oksana Shpagina, suffered from chronic drug use (opioids), chemical dependence, HIV, tuberculosis, and Hepatitis C. The author became pregnant in 2011 and decided to try to take care of her health to give birth to a healthy child. However, when she went to the doctor, he concretely stated that she was unable to have a healthy child and that, therefore, she should undergo an induced birth, which caused her extreme suffering, to the point that she wanted to commit suicide and relapsed into drug use. In addition, she experienced neglect regarding her condition during her pregnancy, such as a refusal to treat her in a rehabilitation clinic for drug users due to her pregnancy. On the other hand, the author was arrested twice for possessing drugs for her use, and on January 10, 2019, the author passed away.

The CEDAW found that the State violated Article 12 (obligation of State Parties to take measures to eliminate discrimination against women in the field of health care) of the Convention in light of recommendation No. 24 (1999) on women and health, since the author faced several barriers in accessing affordable, medically appropriate, and gender-sensitive drug dependence treatment and rehabilitation services when she was pregnant. On this occasion, the CEDAW noted that the needs and rights of women belonging to vulnerable and disadvantaged groups should be given special attention. That was not respected and guaranteed by the State. Furthermore, the CEDAW concluded that the State failed to take appropriate legal and policy measures to address discrimination against women in general, including the author. The decision can be found here and the press release here.

II. SISTEMA AFRICANO DE DERECHOS HUMANOS

1. Comisión Africana de Derechos Humanos y de los Pueblos (CADHP)

La CADHP es un órgano cuasi-jurisdiccional, en el marco de la Unión Africana, cuya principal función es proteger y promover los derechos humanos y de los pueblos en los países africanos. Entre sus atribuciones está tramitar denuncias provenientes de individuos o de Estados ante violaciones de derechos humanos cometidas por Estados de la región, y recibir informes periódicos de los Estados sobre la situación de derechos humanos en su país.

Noticias sobre la CADHP:

El 21 de marzo de 2023 la CADHP publicó la Resolución No. 550 que aborda un tema de gran importancia: Empresas y Derechos Humanos en África. Inicialmente, la CADHP recordó los derechos a disponer libremente de la riqueza y los recursos naturales; al desarrollo económico, social y cultural; y a un entorno generalmente satisfactorio y favorable al desarrollo, establecidos en los artículos 21, 22 y 24 de la Carta Africana, respectivamente. La CADHP también recordó el objetivo 16 de la Agenda 2063 de la Unión Africana, que reconoce que las empresas son esenciales para alcanzar todos los objetivos de la Agenda 2063 y que el respeto de las normas de derechos humanos por parte de las empresas en los países en los que operan es un requisito previo para el desarrollo sostenible. En ese sentido, la CADHP instó a la Unión Africana a tener en cuenta y reflejar adecuadamente en la actualización y finalización del Marco Político de la Unión Africana sobre Empresas y Derechos Humanos, y a actualizar la Estrategia Regional Africana de Economía Azul que motiva a los Estados a aplicar un enfoque basado en los derechos humanos para el desarrollo y la aplicación de marcos nacionales de economía azul. En sus puntos resolutivos, la Resolución Nº 550 decidió, entre otras cosas, incorporar la cuestión de las empresas y los derechos humanos, incluidos los océanos sostenibles, en el orden del día de sus sesiones públicas ordinarias. La Resolución Nº 550 puede consultarse (en inglés) aquí.

El 26 de febrero de 2023 la CADHP elogió a Sudán del Sur por su adhesión a diversos tratados regionales e internacionales de derechos humanos. El Estado de Sudán del Sur se adhirió a los siguientes tratados de derechos humanos: i) el Protocolo de la Carta Africana de Derechos Humanos y de los Pueblos relativo a los derechos de la mujer en África (Protocolo de Maputo); ii) el Pacto Internacional de Derechos Civiles y Políticos; iii) el Pacto Internacional de Derechos Económicos, Sociales y Culturales; y iv) la Convención sobre los derechos de las personas con discapacidad y su Protocolo Facultativo.

Fuente de la imagen: Portal África, “UN human rights report: Accountability long overdue in South Sudan”, disponible en: https://www.africaportal.org/features/un-human-rights-report-accountability-long-overdue-south-sudan/

Según la CADHP y el comisionado Solomon Ayele Dersso, relator para la República de Sudán del Sur, la encomiable medida amplía el marco jurídico para la promoción y protección de los derechos humanos y de los pueblos en Sudán del Sur y es especialmente significativa porque da reconocimiento a los derechos de categorías de mujeres y personas que viven con discapacidades. El comunicado de prensa puede consultarse (en inglés) aquí.

 

III. SISTEMA EUROPEO DE DERECHOS HUMANOS

1. Tribunal Europeo de Derechos Humanos (TEDH)

El TEDH es un órgano jurisdiccional del Consejo de Europa cuya principal función es la verificación del cumplimiento del Convenio Europeo para la Protección de los Derechos Humanos y de las Libertades Fundamentales (CEDH) por parte de los Estados parte. El TEDH se encarga de analizar denuncias provenientes de individuos, grupos de individuos o Estados por violaciones de derechos humanos cometidas por Estados que hayan aceptado la jurisdicción del tribunal.

Noticias sobre el TEDH:

El 2 de febrero de 2023 el TEDH determinó que no se había investigado eficazmente el asesinato de un joven de 15 años llevado a cabo por las fuerzas del orden durante el periodo de los sucesos de “Gezi” en Estambul. En 2013 había un plan de desarrollo para construir un centro comercial en el parque Gezi de Estambul. Sin embargo, debido a su condición de espacio verde, se produjeron varias protestas, lideradas en su mayoría por ecologistas y residentes que se oponían a la eliminación del parque. Estas protestas desembocaron en varios enfrentamientos con las autoridades policiales en distintas ciudades de Turquía.

Los hechos del caso están relacionados con este periodo, cuando un policía de un escuadrón de élite conocido como “Zet” disparó a Berlin Elvan en la cabeza cuando iba a comprar el pan. Con el disparo recibido, la víctima estuvo en coma durante 269 días y falleció el 11 de marzo de 2014, por fracturas en el cráneo que le produjeron una hemorragia cerebral. A raíz de estos hechos, los familiares de la víctima emprendieron acciones legales para que se investigara el fatal suceso y se exigieran responsabilidades al autor. Sin embargo, a pesar de que se interpusieron acciones individuales y otros procedimientos, se produjeron numerosas irregularidades, como la retirada de cargos a 42 policías y el retraso y obstrucción de la investigación de la muerte.

Ante el TEDH, se alegó la violación del artículo 2 (derecho a la vida) del CEDH, argumentando que la muerte de la víctima fue consecuencia de diversos factores, entre ellos la actuación de dos agentes de policía que se encontraban en la “cúspide de la jerarquía policial”, el director H.Ç. y el gobernador H.A.M, y tenían capacidad de decisión. En consecuencia, el TEDH consideró precisamente que se había producido una violación del mencionado derecho en relación con la obligación procesal del Estado de llevar a cabo una investigación efectiva sobre la posible participación del director H.Ç. y del gobernador H.A.M. en el asesinato de la víctima. El comunicado de prensa puede consultarse (en inglés)  aquí.

El 17 de enero de 2023 el TEDH resaltó que ha habido un cambio positivo en la persecución de los delitos de odio contra las personas homosexuales en Lituania, razón por la cual no encontró una violación del derecho a un recurso efectivo en el caso “Valatis c. Lituania”. El 15 de enero de 2018, el demandante, el Sr. Jonas Valaitis, publicó un ensayo en el periódico Lrytas.lt, mencionando a un finalista del concurso de canto televisado “The Voice”, que se había reconocido públicamente como homosexual. En respuesta, se publicaron veintiún comentarios en los que se insultaba tanto al candidato como a las personas homosexuales, hasta el punto de sugerir que los homosexuales debían ser quemados en Auschwitz. En un principio, las autoridades se negaron a iniciar una investigación penal por incitación al odio y a la discriminación. Posteriormente, se abrió una investigación penal, pero luego se suspendió por considerar que los comentarios habían sido en su mayoría opiniones puntuales no constitutivas de delito. Sin embargo, tras las apelaciones y con la sentencia del TEDH en el caso Baizaras y Levickas contra Lituania, en el que se determinó que se había producido una violación en un caso muy similar y se decidió que la incitación al odio contra las minorías sexuales en el país había alcanzado un nivel crítico, se reabrieron las investigaciones. En las deliberaciones finales del caso, se identificó a algunos autores de los comentarios, pero como cooperaron con las autoridades, las investigaciones penales se detuvieron. También se identificó a otros autores, pero no había información suficiente para demostrar su culpabilidad. Al final, la investigación se suspendió por este y otros factores.

Fuente de la imagen: EEA Grants, “Fighting prejudice against LGBT in Lithuania”, disponible en: https://eeagrants.org/news/fighting-prejudice-against-lgbt-in-lithuania

Ante el TEDH, el Sr. Valaitis denunció que el Estado no había tomado medidas efectivas para proteger a las personas homosexuales de la incitación al odio, con base en el artículo 13 (derecho a un recurso efectivo) del CEDH. Ante esta reclamación, el TEDH consideró que, una vez reabierta la investigación previa al juicio, no había habido ninguna actitud discriminatoria perceptible por parte de ninguna de las autoridades lituanas. En consecuencia, el TEDH consideró que, aunque la reapertura de la investigación previa al juicio no había dado lugar a que se acusara o condenara a nadie que hubiera escrito los comentarios de odio en cuestión, no se había violado, considerado en su conjunto, el artículo 13 del CEDH. El comunicado de prensa puede consultarse (en inglés) aquí.

IV. SISTEMA INTERAMERICANO DE DERECHOS HUMANOS

1. Comisión Interamericana de Derechos Humanos (CIDH)

La CIDH es el órgano autónomo de la Organización de Estados Americanos (OEA) que se encarga de la promoción y protección de los derechos humanos en el continente americano. Entre sus funciones está recibir denuncias de individuos por violaciones de derechos humanos y monitorear situaciones de derechos humanos.

Noticias sobre la CIDH:

El pasado 6 de marzo, la CIDH eligió a su Junta Directiva para el año 2023, siendo la segunda junta directiva en la historia integrada en su totalidad por mujeres y la primera junta directiva en la historia integrada en su totalidad por mujeres de países de Centroamérica y el Caribe. Durante la apertura de su 186º período de sesiones, celebrada en la Universidad de California, Los Ángeles, la CIDH eligió a su Junta Directiva que está integrada por la presidenta, comisionada Margarette May Macaulay de Jamaica; la primera vicepresidenta, comisionada Esmeralda Arosemena de Troitiño de Panamá; y por la segunda vicepresidenta, comisionada Roberta Clarke de Barbados.

Fuente de la imagen: CIDH, “La CIDH elige su Junta Directiva para 2023”, disponible en: https://www.oas.org/es/cidh/jsForm/?File=/es/cidh/prensa/comunicados/2023/037.asp

En cuanto a sus trayectorias, la comisionada Macaulay trabaja en la CIDH desde 2016 y es reconocida como referente en la protección de los derechos de las mujeres, siendo miembro honorario del Muro del Legado por la Justicia de Género para defensoras de los derechos de las mujeres. En cuanto a la comisionada Troitiño, también trabaja en la CIDH desde 2016 y actualmente se encuentra en su segundo mandato. Además, la comisionada Troitiño cuenta con una amplia formación académica, incluyendo una licenciatura en Filosofía, Letras y Educación, y Derecho y Ciencias Políticas. Se desempeña como facilitadora en la Escuela del Ministerio Público para el Nuevo Sistema Penal Acusatorio. Por su parte, la comisionada Clarke es miembro de la CIDH desde enero de 2022. En sus actividades profesionales, la comisionada Clarke dirigió las Oficinas Regionales de ONU Mujeres en África Oriental y Meridional, Asia Pacífico, el Caribe y Libia. Además, ha participado en la sociedad civil a nivel nacional e internacional y es activista por la justicia social y la igualdad de género. Esta es la segunda junta directiva histórica compuesta exclusivamente por mujeres y la primera con mujeres de los países del Caribe y Centroamérica. El comunicado de prensa puede consultarse aquí.

El 31 de enero de 2023 la CIDH otorgó medidas cautelares a favor de miembros de la comunidad jesuita de Cerocahui, México, debido a que los beneficiarios estaban sufriendo amenazas y agresiones por parte de grupos del crimen organizado. La CIDH adoptó la Resolución 2/2023 mediante la cual otorgó medidas cautelares a once beneficiarios pertenecientes a la comunidad jesuita de Cerocahui tras reconocer que se encontraban en una situación de riesgo de daño irreparable a sus derechos. Los miembros de la comunidad jesuita de Cerocahui, Tarahumara, realizan trabajo comunitario, tanto en labores de evangelización como en la defensa y promoción de los derechos humanos en la Sierra Tarahumara. En la región Tarahumara hay una fuerte presencia de grupos del crimen organizado dedicados al narcotráfico, la tala de árboles y la minería, entre otras actividades, que además se disputan el control de la zona, por lo que se han incrementado las violaciones graves a los derechos humanos desde que comenzó la llamada “guerra contra el narcotráfico” en 2006.

En este contexto, los beneficiarios han sufrido amenazas y agresiones por parte de grupos del crimen organizado, lo que les ha imposibilitado realizar normalmente sus actividades pastorales y de apoyo comunitario en la zona. En junio de 2022, dos sacerdotes fueron asesinados dentro de una iglesia, lo que desató un contexto de estigmatización y deslegitimación de los propuestos beneficiarios tras sus denuncias y acciones vinculadas a la investigación del asesinato. En consecuencia, la CIDH ordenó al Estado adoptar las medidas de seguridad necesarias para proteger la vida e integridad personal de los beneficiarios. Entre dichas medidas, el Estado debe garantizar su seguridad y prevenir actos de amenazas, intimidación y violencia por parte de terceros; adoptar medidas de protección que permitan a los propuestos beneficiarios continuar desarrollando su labor pastoral sin ser objeto de amenazas, intimidaciones, hostigamientos y actos de violencia en su contra; concertar con los beneficiarios y sus representantes las medidas a adoptarse; e informar sobre las acciones adoptadas a fin de investigar los hechos que dieron lugar a la adopción de la presente medida cautelar y así evitar su repetición. La Resolución 2/2023 puede consultarse aquí y el comunicado de prensa aquí.

 

2. Corte Interamaericana de Derechos Humanos (Corte IDH)

La Corte IDH es un tribunal regional de derechos humanos, encargado de aplicar e interpretar la Convención Americana sobre Derechos Humanos y otros instrumentos de derechos humanos de la región. Su principal función es decidir casos sobre violaciones de derechos humanos cometidas por Estados que hayan aceptado su jurisdicción.

Noticia sobre la Corte IDH:

El 28 de febrero de 2023 la Corte IDH decidió que Chile violó el derecho a la libertad de expresión por criminalizar las declaraciones hechas contra funcionarios públicos por la tala ilegal del alerce. El alerce es uno de los bienes naturales más valiosos del patrimonio nacional chileno, y entre 2003 y 2004, la discusión pública sobre el problema de la tala ilegal de estos árboles incluyó acusaciones contra funcionarios públicos por facilitar este delito. En este contexto, en 2004, Carlos Baraona Bray realizó diversas declaraciones a los medios de comunicación, donde afirmó que el Senador S.P. ejerció presiones políticas sobre las autoridades a cargo de la conservación del alerce para mantener una situación de ocupación ilegal en un predio de la Región de Los Lagos. Pocos meses después, el senador S.P. presentó una querella criminal contra el Sr. Baraona por la presunta comisión de los delitos de calumnias e injurias graves con publicidad. El Juzgado de Garantía de Puerto Montt condenó al Sr. Baraona como autor del delito de injurias graves con publicidad y lo sentenció a la pena de 300 días de presidio menor en su grado mínimo y multa de 20 unidades tributarias mensuales, más la accesoria de suspensión de cargos o empleos públicos por el tiempo de la condena, con costas. El 1 de agosto de 2005, la causa fue sobreseída.

Ante la Corte IDH, la CIDH afirmó que, independientemente de la condición de defensor de derechos humanos de la víctima, sus declaraciones se referían a la tala ilegal del alerce, lo cual está relacionado con la protección del medio ambiente y constituía un debate de interés público. En este sentido, la Corte IDH concluyó que el Estado violó los artículos 13(1) y 13(2) (derecho a la libertad de expresión) en perjuicio de la víctima por, entre otras razones, la existencia de elementos subjetivos, funcionales y materiales en sus declaraciones para ser relevantes en el debate público y por el hecho de que, después de haber sido sancionado por sus declaraciones, esto le generó temor de participar en tales debates y ser sancionado nuevamente, a pesar del sobreseimiento de la causa. La Corte IDH también consideró que existía una falta de legalidad de las restricciones impuestas a la libertad de pensamiento y expresión, ya que la ley aplicada al caso no delimitaba estrictamente la conducta tipificada como falta grave, en violación del artículo 9 (principio de legalidad). Por último, también se decidió que se había producido una violación del artículo 25.1 (derecho a la protección judicial) debido a que, aunque la víctima podía recurrir la sentencia, el recurso fue ineficaz al no ser tramitado por el Tribunal Supremo. La sentencia puede encontrarse aquí y el comunicado de prensa aquí.

El 1 de febrero de 2023 la Corte IDH declaró a Trinidad y Tobago internacionalmente responsable de la violación del derecho a la vida, entre otros derechos, debido a la imposición automática de la pena de muerte en el caso “Kelvin Dial y Andrew Dottin”. En 1997, un jurado de Trinidad y Tobago concluyó que Kevin Dial y Andrew Tottin eran culpables del delito de asesinato, por lo que fueron condenados a la pena de muerte obligatoria, según lo dispuesto en el artículo 4 de la Ley de Delitos contra la Persona. En relación con esta decisión, Dial y Dottin interpusieron un recurso que fue rechazado unos meses después por el Tribunal de Apelación. Solo tras presentar un recurso de inconstitucionalidad en el que recordaban el caso “Charles Matthew contra el Estado”, que establecía que la imposición obligatoria de la pena de muerte era incompatible con la prohibición de penas inhumanas o degradantes determinada por la Constitución de Trindad y Tobago, las condenas a muerte fueron conmutadas por cadena perpetua. Sin embargo, las condiciones de detención, incluida la prisión preventiva y la posterior a la condena, fueron absolutamente inadecuadas. Las celdas estaban hacinadas, los reclusos casi no tenían acceso al agua, las luces artificiales estaban encendidas las 24 horas del día y no había actividades educativas ni recreativas, entre otras.

A la vista de todos estos hechos, la Corte IDH constató una violación del artículo 4.2 (derecho a la vida y condiciones para la imposición de la pena de muerte) de la Convención, dado que la imposición automática de la pena de muerte no tiene en cuenta que el delito debe caracterizarse por diferentes grados de gravedad. Además, la Corte IDH consideró que a Dial y Dottin no se les facilitaron con prontitud los detalles de las acusaciones en ssu contra, lo que constituyó una violación del artículo 7.4 (derecho de toda persona detenida a ser informada de las razones de su detención) de la Convención. La Corte IDH también declaró una violación de los artículos 8.2 c) (tiempo y medios adecuados para la preparación de su defensa) y 8.2 d) (derecho del acusado a defenderse personalmente o a ser asistido por un abogado de su elección) por, entre otras cosas, la prohibición de ponerse en contacto con sus abogados en el momento de su detención. Además, la Corte IDH consideró que se había producido una violación del artículo 5.2 (prohibición de malos tratos) de la Convención teniendo en cuenta las inadecuadas condiciones de detención a las que fueron sometidas las víctimas. Finalmente, la Corte Interamericana de Derechos Humanos decidió que, en relación con la imposibilidad del Sr. Dial de recibir visitas de su hijo, el Estado también violó el artículo 17.1 (derecho a la protección de la familia) de la Convención. La sentencia puede consultarse aquí y el comunicado de prensa aquí.

Acceder a Ediciones Anteriores:

Boletín IHR LEGAL – Abril a Junio de 2021

Boletín IHR LEGAL – Abril a Junio de 2021

Declaración de la Alta Comisionada de la ONU para los DDHH, Michelle Bachelet, sobre el aumento de las violaciones y abusos de los DDHH en Mali; Declaración de la Comisión Africana de DDHH y de los Pueblos con ocasión del Día Internacional de Apoyo a las Víctimas de la Tortura; Declaración Conjunta en la víspera del Día Internacional contra la Homofobia, Lesbofobia, la Bifobia y la Transfobia; y mucho más aquí.

Boletín IHR LEGAL – Abril a Junio de 2021

IHR LEGAL Boletín de Noticias – Enero a Abril 2021

Declaración sobre el caso de George Floyd de la Alta Comisionada de la ONU para los DDHH, Michelle Bachelet; Resolución de la CIDH sobre “Las vacunas contra el COVID-19 en el marco de las obligaciones interamericanas de Derechos Humanos”; Resolución de la Comisión Africana de DDHH y de los Pueblos sobre el uso excesivo de la fuerza por agentes de Estados africanos; y mucho más aquí.

NewsLetter-IHR-LEGAL-1
Suscríbete a nuestro boletín


By submitting this form, you are consenting to receive marketing emails from: . You can revoke your consent to receive emails at any time by using the SafeUnsubscribe® link, found at the bottom of every email. Emails are serviced by Constant Contact