IHR_Derechos_Humanos_Internacionales

Boletín

SISTEMA UNIVERSAL DE DERECHOS HUMANOS

Julio – Septiembre 2024

1. Oficina del Alto Comisionado de las Naciones Unidas para los Derechos Humanos (ACNUDH) 

La OACNUDH es la principal entidad de derechos humanos de las Naciones Unidas. Sus funciones incluyen promover y proteger todos los derechos humanos, ayudar a empoderar a las personas y desarrollar una perspectiva de derechos humanos en todos los programas de las Naciones Unidas. El actual Alto Comisionado de las Naciones Unidas para los Derechos Humanos es el Sr. Volker Türk.

Noticias de la OACDH:

A) La OACNUDH publicó un informe preliminar sobre las violaciones de derechos humanos en el contexto de la transición política de Bangladesh hacia la democracia

– El 16 de agosto de 2024, la OACNUDH publicó un informe preliminar sobre el país en el que analizaba las recientes protestas y disturbios en Bangladesh.

Fuente: Wikimedia Commons. Movimento por la reforma de las cuotas en Bangladesh 2024.
Fecha: 6 de julio de 2024. Enlace a la imagen: aquí. Enlace de la licencia: aquí.

Las protestas comenzaron a mediados de junio de 2024, cuando los estudiantes se opusieron a la reinstauración de la cuota que reservaba el 30% de los puestos de la función pública a descendientes de veteranos de guerra, una política abolida en 2018 tras grandes protestas. Las manifestaciones se intensificaron cuando las fuerzas de seguridad respondieron con gran violencia, lo que habría causado cientos de muertos y miles de heridos. Esta crisis provocó la dimisión del gobierno de Bangladesh el 5 de agosto de 2024, sustituido por un gobierno civil provisional con la esperanza de una transición democrática a través de futuras elecciones. Desde entonces, miles de detenidos, incluidos presos políticos, han sido liberados. Este cambio se considera una oportunidad histórica para restaurar el orden democrático y reforzar la protección de los derechos humanos.

En el informe del OACNUDH, se exponen varios motivos de preocupación en materia de derechos humanos, entre ellos el uso excesivo y desproporcionado de la fuerza, ya que las fuerzas de seguridad utilizaron armas de fuego, escopetas de perdigones, granadas de ruido y otras armas, mientras que se vio a algunos manifestantes utilizar palos y ladrillos. Según los medios de comunicación y las organizaciones de protesta, entre el 16 de julio y el 11 de agosto murieron 600 personas, aunque la cifra real puede ser mayor debido a los cortes de Internet impuestos por el gobierno y a las restricciones impuestas a la información hospitalaria. Además, el ACNUDH destaca las denuncias de tortura y violaciones de las garantías procesales, así como los registros telefónicos en los puestos de control para borrar las pruebas de violencia policial. El informe también señala restricciones a la libertad de expresión, en particular el cierre de Internet, y a la libertad de circulación, que obligó a muchas personas a huir del país.

En respuesta, la OACDH instó al Gobierno Provisional a tomar las medidas adecuadas para restablecer el orden democrático mediante un proceso inclusivo y orientado a los derechos humanos. El informe del país puede consultarse aquí (en inglés) y el comunicado de prensa aquí (en inglés).

B) Un informe de la OACNUDH pide que se ponga fin al trabajo forzoso en Corea del Norte

– El 16 de julio de 2024, la OACNUDH publicó un informe de país sobre las prácticas de trabajo forzoso en la República Popular Democrática de Corea (RPDC).

Fuente: Flickr. Corea del Norte, Pyongyang. Enlace de la imagen: aquí. Enlace de la licencia: aquí.

Al respecto, la OACNUDH recordó que el derecho internacional protege el derecho al trabajo libremente elegido, y prohíbe rotundamente el trabajo forzoso. Entre los indicadores del trabajo forzoso figuran la retención de documentos de identidad, los abusos físicos o sexuales, la intimidación, la restricción de movimientos, entre otros. La OACNUDH considera que el trabajo forzoso constituye una forma de servidumbre y a menudo incluye elementos de esclavitud, considerada crimen de lesa humanidad en virtud del derecho internacional.

El informe describe varias formas de trabajo forzado en Corea del Norte, incluido el trabajo penitenciario, que forma parte de la economía y se realiza en campos de trabajo, prisiones y centros de detención política. Además, el empleo asignado por el Estado determina dónde trabajan y viven los ciudadanos una vez terminados los estudios o el servicio militar. Los ciudadanos de la RPDC tienen prohibido viajar libremente al extranjero o recibir salarios independientes. Incluso, los trabajadores en el extranjero permanecen bajo estricto control estatal, lo que califica este trabajo como forzado por su naturaleza explotadora. Otras formas de trabajo forzado son el reclutamiento militar obligatorio, los despliegues de “brigadas de choque” y la participación forzosa en programas de la Unión de Mujeres, organización política que representa a las mujeres en el país.

La OACNUDH pide a Corea del Norte que suprima el trabajo forzoso y la servidumbre, e insta a un cambio hacia un sistema laboral basado en la libre elección de los trabajadores. Las recomendaciones incluyen también la revisión de las leyes que discriminan a la mujer y la aplicación de reformas para democratizar el lugar de trabajo. El informe del país puede consultarse aquí (en inglés) y el comunicado de prensa aquí.

2. Comité para la Eliminación de la Discriminación Racial (CERD)

El CERD es el órgano de expertos independientes de las Naciones Unidas que supervisa la aplicación de la Convención sobre la Eliminación de todas las Formas de Discriminación Racial.

Noticias del CERD:

A) El CERD insta a India a poner fin a la discriminación y la deportación forzosa de miembros de las etnia rohingya

– El 2 de julio de 2024, el CERD emitió una declaración en la que solicita a India poner fin a la discriminación racial, la deportación forzosa y la detención arbitraria de los rohingya.

Fuente: Flickr. Departamento de Desarrollo Internacional del Reino Unido (DFID).
Fecha: 26 de noviembre de 2017. Enlace de la imagen: aquí. Enlace de la licencia: aquí.

Los rohingya, una minoría musulmana apátrida procedente principalmente de Myanmar, han sufrido una intensificación de la persecución y la violencia desde 2017, especialmente en el estado de Rakhine, donde aproximadamente 600.000 viven en condiciones similares a las del apartheid, con 140.000 confinados en campos de internamiento. Muchos han buscado refugio en países vecinos, solo para encontrarse con violencia, persecución y marginación constantes.

La declaración del CERD expresó su preocupación por el hecho de que la India haya detenido arbitrariamente a personas rohingya y llevado a cabo deportaciones forzosas a Myanmar, donde se enfrentan a graves riesgos. El CERD señaló la persistente discriminación racial, incluidas las declaraciones públicas en su contra y la falta de respuesta del gobierno indio a pesar de la anterior carta de acción urgente del CERD en 2018, en la que se destacaba la preocupación por las deportaciones y el discurso de odio contra los rohingya.

El CERD denunció numerosos casos de devoluciones forzosas a Myanmar entre 2018 y 2022, en violación del principio de no devolución, y de acoso a defensores de derechos humanos, abogados y activistas que apoyan los derechos de los rohingya en India. El CERD instó a la India a adherirse a sus obligaciones en virtud de la Convención Internacional sobre la Eliminación de todas las Formas de Discriminación Racial, implementar protecciones legislativas contra la discriminación racial para los no ciudadanos, independientemente de su estatus migratorio, y poner fin a las deportaciones forzosas de refugiados rohingya. La declaración puede consultarse aquí (en inglés) y el comunicado de prensa aquí (en inglés).

3. Comité para la Eliminación de la Discriminación contra la Mujer (CEDAW)

El CEDAW es el órgano de expertas independientes de las Naciones Unidas que supervisa la aplicación de la Convención sobre la eliminación de todas las formas de discriminación contra la mujer.

Noticias del CEDAW:

A) Un informe del CEDAW condenó la penalización del aborto en Polonia por violar los derechos de la mujer

– El 26 de agosto de 2024, el CEDAW concluyó que Polonia violaba los derechos de la mujer al penalizar el acceso al aborto asistido, una política que acarrea graves consecuencias para las mujeres, incluidas muertes evitables.

Fuente: iStock by Getty Images. Crédito: Irontrybex. Enlace de la imagen: aquí. Enlace de la licencia: aquí.

El informe del CEDAW destaca que la legislación polaca solo permite el aborto en dos casos: cuando el embarazo pone en peligro la vida o la salud de la mujer (permitido durante todo el embarazo) y cuando el embarazo es consecuencia de un delito (permitido sólo en las primeras 12 semanas). Todos los demás casos, incluida la asistencia o la realización de un aborto, están penalizados, con penas de hasta tres años de prisión.

El CEDAW detectó problemas importantes en la aplicación de la ley, como la falta de directrices médicas claras, que deja a los médicos la posibilidad de tomar decisiones arbitrarias, lo que a veces se traduce en la desatención de riesgos para la salud potencialmente mortales. Sin un protocolo normalizado, las mujeres se enfrentan a graves consecuencias para su salud, incluidas muertes que podrían haberse evitado. El CEDAW también descubrió que muchas mujeres sufren afectaciones mentales, como ideas suicidas, cuando se les niega el aborto por embarazos no deseados. En los casos de violación o incesto, las víctimas deben presentar una denuncia penal y esperar la certificación del fiscal para acceder al aborto, aunque este proceso de certificación no tiene un plazo obligatorio, lo que a menudo retrasa la atención.

Otras restricciones son la notificación obligatoria de los abortos, la formación insuficiente de los profesionales médicos, las barreras geográficas y la información limitada sobre el acceso al aborto. El CEDAW destacó otros efectos de la política de penalización, señalando que la falta de un requisito legal para compartir los resultados de las pruebas prenatales y la mala calidad de la atención afectan de manera desproporcionada a las mujeres en situación de pobreza y a las que se enfrentan a formas interrelacionadas de discriminación. Los manifestantes, los defensores de los derechos humanos y los defensores de la sociedad civil también sufren intimidación, y los recursos para la planificación familiar siguen siendo insuficientes.

El CEDAW concluyó que las restrictivas leyes polacas sobre el aborto violan varios derechos consagrados en la Convención, incluidos los derechos a la igualdad, la no discriminación, la igualdad educativa, la planificación familiar y la igualdad de protección ante la ley. El informe puede consultarse aquí (en inglés) y el comunicado de prensa aquí (en inglés).