Boletín IHR LEGAL Octubre – Diciembre 2022

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Octubre – Diciembre 2022

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En este Boletín:

Noticias destacadas del boletín más reciente

 

 

  • El 16 de diciembre de 2022 la ACNUDH publicó un informe en el que insta a que se replanteen los programas de migración laboral temporal. De acuerdo con la ACNUDH, tales programas imponen serias restricciones y pueden causar graves violaciones de derechos humanos. El informe cubre una serie de temas, como la responsabilidad de los Estados, las consecuencias de estos programas para los derechos humanos, y las recomendaciones para que los Estados mitiguen las violaciones de derechos humanos contra estos trabajadores.

 

  • El 4 de octubre de 2022 la CADHP hizo un llamamiento urgente para que cesen las violaciones masivas de los derechos humanos contra la comunidad Benet Mosopisyek en Uganda. La CADHP recibió informes que demostraban que los indígenas de la comunidad Benet se han enfrentado a desalojos forzosos, numerosos actos de violencia, intimidación, amenazas, violencia sexual, destrucción y confiscación de bienes llevados a cabo por miembros de la Uganda Wildlife Authority (UWA). En consecuencia, la CADHP solicitó al Estado cesar toda violencia y acoso.

 

  • El 13 de octubre de 2022 el TEDH dictaminó que los tribunales nacionales no lograron un equilibrio entre los intereses en juego en un caso en el que una activista del movimiento Femen celebró una protesta en topless en una iglesia. La demandante, tras  ser condenada penalmente por la realización de su protesta, presentó el caso ante el TEDH, alegando una violación a su derecho a la libertad de expresión. El TEDH concluyó que se había violado su derecho a la libertad de expresión ya que, según su análisis, la demandante buscaba con su acción contribuir al debate público sobre los derechos de las mujeres, particularmente sobre el aborto.

 

  • El 8 de noviembre de 2022 la CIDH publicó su tercer informe del mecanismo especial de seguimiento sobre el caso Ayotzinapa, relativo a los 43 estudiantes desaparecidos de la escuela rural “Raúl Isidro Burgos” de Ayotzinapa, México. Los estudiantes se encuentran desaparecidos desde el 26 de septiembre de 2014, cuando fueron atacados por policiales después de ingresar a un autobus que los llevaría a la ciudad de México para participar de una protesta. La CIDH ha monitoreado las acciones adoptadas por México y en su último informe realizó una serie de recomendaciones al Estado.

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Boletín IHR LEGAL – Julio- Septiembre 2022

El 7 de julio de 2022 el TEDH dictaminó que las autoridades italianas no actuaron con la prontitud y la diligencia requeridas ante los actos de violencia doméstica en el Caso “M.S. c. Italia”. La demandante, M.S., de nacionalidad italiana, fue agredida, acosada y amenzada durante años por su entonces marido, D.P., razón por la cual presentó varias denuncias en su contra. Sin embargo, las autoridades del Estado comenzaron a tomar medidas tardíamente, por lo cual el TEDH declaró al Estado responsable por el periodo en que no tomó medidas efectivas.

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Boletín IHR LEGAL – Julio a Septiembre 2021

Declaración de la Alta Comisionada de la ONU para los DDHH, Michelle Bachellet, instando al Talibán a respetar los derechos de las mujeres y niñas en Afganistán; Comunicado del Comité CEDAW urgiendo a Turquía a reconsiderar su retirada del Convenio de Estambul sobre violencia contra las mujeres; Pronunciamiento de la CIDH sobre expulsiones de personas desde EE.UU y México; y mucho más aquí.

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IHR LEGAL Boletín de Noticias – Enero a Abril 2021

Declaración sobre el caso de George Floyd de la Alta Comisionada de la ONU para los DDHH, Michelle Bachelet; Resolución de la CIDH sobre “Las vacunas contra el COVID-19 en el marco de las obligaciones interamericanas de Derechos Humanos”; Resolución de la Comisión Africana de DDHH y de los Pueblos sobre el uso excesivo de la fuerza por agentes de Estados africanos; y mucho más aquí.

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Algunas novedades relativas al sistema universal y a los sistemas regionales de promoción y protección de los derechos humanos

I. SISTEMA UNIVERSAL DE DERECHOS HUMANOS

1. Oficina del Alto Comisionado de las Naciones Unidas para los Derechos Humanos (ACNUDH)

La ACNUDH es la principal entidad de las Naciones Unidas en materia de derechos humanos. Entre sus funciones se encuentran promocionar y proteger todos los derechos humanos, ayudar a empoderar a las personas, y formular una perspectiva de derechos humanos en todos los programas de las Naciones Unidas. El actual Alto Comisionado de las Naciones Unidas para los Derechos Humanos es el Sr. Volker Türk.

Últimas noticias de la ACNUDH:

— El 16 de diciembre de 2022, la ACNUDH publicó un informe en el que insta a que se replanteen los programas de migración laboral temporal. Los programas de migración laboral temporal predominan sobre todo en Asia y en los países del Consejo de Cooperación para los Estados Árabes del Golfo (CCG). Estos programas imponen restricciones y pueden causar graves violaciones de los derechos humanos. El informe es de gran relevancia y abarca una serie de temas esenciales, como las responsabilidades de los titulares de obligaciones (el rol de los Estados), las consecuencias de los programas de migración laboral temporal sobre los derechos humanos, las cuales abarcan las repercusiones sobre el derecho a un nivel de vida adecuado y el derecho a la seguridad social, entre otros. Por otro lado, el informe detalla varias lecciones aprendidas de la pandemia y también esboza numerosas recomendaciones a los Estados para mitigar las violaciones de los derechos humanos de estos trabajadores. Las recomendaciones incluyen requisitos mínimos para estos programas, tales como: comprometer a los Estados a respetar, proteger y cumplir todos los derechos humanos durante la migración, incluyendo el contexto del retorno, y garantizar condiciones de trabajo justas y favorables (salarios justos y remuneración igual a la de los nacionales), con el fin de permitir que los trabajadores migrantes puedan alcanzar un nivel de vida adecuado para ellos y sus familias. El informe puede consultarse (en inglés) aquí y el comunicado de prensa aquí.

El 6 de diciembre de 2022, el ACNUDH publicó una guía práctica para desarrollar una legislación integral contra la discriminación y proteger los derechos de las minorías. La guía, dividida en seis partes, aborda los aspectos más diversos relacionados con la legislación contra la discriminación y se publicó conjuntamente con Equals Rights Trust. La ACNUDH destacó las obligaciones de los Estados de promulgar leyes antidiscriminatorias exhaustivas, cuál debe ser el contenido de las leyes antidiscriminatorias exhaustivas, la necesidad de proteger los derechos de las minorías, detalles sobre la violencia discriminatoria y los delitos motivados por el odio, la relación entre discriminación y libertad de expresión, las obligaciones de abordar las causas profundas de la discriminación, entre otras cuestiones. Según la ACNUDH, las leyes integrales contra la discriminación tienen el potencial de ser transformadoras, y “al nivel más simple, estas leyes pueden fomentar un cambio positivo al aumentar la comprensión de la discriminación, estimular la acción para prevenirla y, en última instancia, fomentar el compromiso de eliminarla”. La guía práctica puede consultarse (en inglés) aquí.

2. Comité contra la Tortura (CAT)

El CDH es el órgano de expertos independientes de las Naciones Unidas que supervisa la aplicación del Pacto Internacional de Derechos Civiles y Políticos por sus Estados Parte.

Últimas noticias sobre el CAT:

El 29 de noviembre de 2022 el CAT emitió una declaración conjunta con el Subcomité para la Prevención de la Tortura (SPT) en la que expresó su desaprobación por la negativa de Nicaragua a cooperar para prevenir la tortura en el país. Aunque Nicaragua ratificó la Convención contra la Tortura y Otros Tratos o Penas Crueles, Inhumanos o Degradantes en 2005 y el Protocolo Facultativo en 2009, el Estado no ha cooperado con el CAT y el SPT, e incluso ha cuestionado la legitimidad de los órganos de tratados de la ONU en su conjunto. Un ejemplo de lo anterior es que en julio de 2022, Nicaragua no envió una delegación para participar en el examen público durante la sesión del CAT. En consecuencia, el CAT tuvo que examinar el informe del país en ausencia del Estado. Posteriormente, cuando lo envió al Estado para que formulara observaciones, éste no proporcionó ninguna respuesta. Además, las autoridades del Estado rechazaron la propuesta del SPT de visitar Nicaragua en 2023 y no proporcionaron información sobre las medidas adoptadas para aplicar las recomendaciones del informe del SPT tras su visita al país en 2014. Por ello, el SPT solicitó al CAT que hiciera una declaración pública y divulgara el informe de 2014 que hasta entonces era confidencial.

En palabras de la presidenta del SPT Suzanne Jabbour: ” Los Estados tienen que asumir sus responsabilidades en caso de incumplimiento de sus obligaciones relativas a la prevención de la tortura y los malos tratos, incluyendo cuando no se aporta la información requerida sobre la aplicación de las recomendaciones formuladas por el Subcomité tras sus visitas de país, como es el caso de Nicaragua tras nuestra visita en 2014″. El comunicado de prensa puede consultarse aquí y el informe de la visita de 2014 aquí.

3. Comité de los Derechos del Niño (CDN)

El CDN es el órgano de expertos independientes de las Naciones Unidas que supervisa la aplicación de la Convención sobre los Derechos del Niño.

Últimas noticias sobre el CDN:

El 12 de octubre de 2022 el CDN determinó que Finlandia, al no repatriar a seis niños/as finlandeses recluidos en un campo del norte de Siria, violó sus derechos humanos. Los hechos del caso refieren que en fecha desconocida, seis niños/as y sus madres fueron evacuados de la ciudad de Baghuz, en Siria, al campamento de Hawl, que está bajo el control de las Fuerzas Democráticas Sirias. Los padres de los/as seis niños/as habrían presuntamente colaborado con el Estado Islámico (EIIL). Los niños/as estaban y siguen estando en una situación de daño irreparable, ya que las condiciones en el campamento son extremadamente malas, con hacinamiento, alimentación limitada y malas condiciones higiénicas, además de mucha coacción. La mayoría de los/as niños/as víctimas se encuentran en situaciones miserables, con desnutrición, dificultades de habla y movimiento, y neumonía, entre otras. Sin embargo, el gobierno de Finlandia anunció que no asistiría, ayudaría, ni repatriaría a los/as niños/as.

Con base en dichos hechos, el CDN consideró que el Estado parte, como el Estado del cual los/as niños/as son nacionales, tiene la capacidad y el poder para proteger los derechos de los/as niños/as en el caso, a través de acciones que podrían repatriarlos o, al menos, proporcionarles asistencia consular. En este sentido, el CDN destacó además el hecho de que las Fuerzas Democráticas Sirias ya han demostrado su voluntad de cooperar en las repatriaciones al repatriar al menos a 26 niños/as de los campamentos en el norte de Siria desde 2019. Por otro lado, el CDN señaló que el Estado parte es consciente de la situación de los/as niños/as en cuestión, así como de las condiciones deplorables en las que viven, por lo que existe una violación del derecho a la vida (artículo 6 (1)). Además, decidió que, dado que los/as niños/as están siendo sometidos/as a tratos crueles, inhumanos y degradantes, también se ha producido una violación del artículo 37 (a), que prohíbe cualquier trato de este tipo. La decisión puede consultarse aquí y el comunicado de prensa (en inglés) aquí.

II. SISTEMA AFRICANO DE DERECHOS HUMANOS

1. Comisión Africana de Derechos Humanos y de los Pueblos (CADHP)

La CADHP es un órgano cuasi jurisdiccional, en el marco de la Unión Africana, cuya función principal es proteger y promover los derechos humanos y de las personas en los países africanos. Entre sus funciones están tramitar las denuncias de particulares o Estados sobre violaciones de los derechos humanos cometidas por Estados de la región, y recibir informes periódicos de los Estados sobre la situación de los derechos humanos en su país.

Últimas noticias sobre la CADHP:

—El 4 de octubre de 2022 la CADHP hizo un llamamiento urgente para que cesen las violaciones masivas de derechos humanos contra la comunidad Benet Mosopisyek en la República de Uganda. La CADHP recibió informes que demostraban que, desde la decisión de Uganda en 1993 de establecer el Parque Nacional del Monte Elgon (PNMEM), los pueblos indígenas Benet se han enfrentado a desalojos forzosos, que no estaban respaldados por su consentimiento libre, previo e informado, ni por la provisión de una compensación adecuada y/u otro reasentamiento alternativo. Además, la CADHP expresó su grave preocupación, basada en los informes que había recibido, por los numerosos actos de violencia, intimidación, amenazas, violencia sexual, destrucción y confiscación de bienes llevados a cabo por miembros de la Autoridad para la Vida Silvestre de Uganda en el proceso de aplicación de la decisión de 1993. En consecuencia, la CADHP hizo una serie de peticiones al gobierno, tales como tomar las medidas apropiadas para asegurar el cese de todas las formas de acoso o violencia contra la comunidad indígena Benet, y por lo tanto garantizar su seguridad y protección e iniciar urgentemente investigaciones exhaustivas, independientes e imparciales sobre todas las violaciones contra los pueblos Benet. El comunicado de prensa puede consultarse  (en inglés) aquí.

 

III. SISTEMA EUROPEO DE DERECHOS HUMANOS

1. Tribunal Europeo de Derechos Humanos (TEDH)

El TEDH es un órgano judicial del Consejo de Europa cuya función principal es supervisar el cumplimiento del Convenio Europeo para la Protección de los Derechos Humanos y de las Libertades Fundamentales (CEDH) por parte de los Estados Partes. El TEDH se encarga de analizar las denuncias de individuos, grupos de individuos o Estados por violaciones de los derechos humanos cometidas por los Estados que han aceptado la jurisdicción del TEDH.

Últimas noticias sobre el TEDH:

El 13 de octubre de 2022 el TEDH concluyó que los tribunales nacionales no lograron un equilibrio entre los intereses en juego en un caso en el que una activista de Femen realizó una protesta en topless en una iglesia. Eloise Bouton, la demandante, era miembro del movimiento Femen, una organización internacional de defensa de los derechos de la mujer creada en Ucrania en 2008, conocida por sus protestas polémicas. El 20 de diciembre de 2013 la demandante llevó a cabo una protesta en la iglesia de La Madeleine de París, en la que se colocó frente al altar en topless, revelando frases escritas en su cuerpo y simulando que estaba practicando un aborto. En cuanto se le pidió que se marchara, lo hizo, y su acción fue ampliamente cubierta por los medios de comunicación, con una decena de periodistas presentes. Posteriormente, el párroco interpuso una querella criminal y solicitó personarse en el procedimiento como parte civil. Un juzgado penal condenó a la demandante, acusada de exhibicionismo sexual, a una pena de un mes de prisión con suspensión de la pena y la condenó a pagar a la parroquia 2.000 euros (EUR) en concepto de daño moral y a contribuir con 1.500 EUR a las costas de la otra parte. Posteriormente, el 19 de mayo de 2019 la demandante denunció ante el TEDH que su condena penal por actos de exhibicionismo sexual era violatoria del artículo 10 (libertad de expresión) del CEDH. Asimismo, amparándose en el artículo 7 (ningún castigo sin ley), se quejó de la vaguedad e interpretación expansiva del delito de “exposición sexual”.

El TEDH determinó que se había producido una violación del artículo 10 del Convenio, ya que la libertad de expresión de la demandante debería haber gozado de un nivel de protección suficiente, puesto que el contenido de su mensaje estaba relacionado con un asunto de interés público. Además, el TEDH consideró que la intención de la demandante, que no fue acusada de conducta insultante o relacionada con el odio, era contribuir al debate público sobre los derechos de la mujer, en particular en relación con el derecho al aborto. En relación con el artículo 7, el TEDH consideró que, dado que existía una violación del artículo 10, no era necesario pronunciarse por separado. La decisión (en francés) puede consultarse aquí y el comunicado de prensa (en inglés) aquí.

IV. SISTEMA INTERAMERICANO DE DERECHOS HUMANOS

1. Comisión Interamericana de Derechos Humanos (CIDH)

La CIDH es el órgano autónomo de la Organización de Estados Americanos (OEA) responsable de la promoción y protección de los derechos humanos en América. Una de sus funciones es recibir y examinar denuncias de particulares por violaciones de los derechos humanos y supervisar la situación de los derechos humanos.

News from the IACHR:

El 8 de noviembre de 2022 la CIDH publicó el tercer informe del mecanismo especial de seguimiento sobre el caso Ayotzinapa, relativo a 43 estudiantes desaparecidos de la escuela rural “Raúl Isidro Burgos” de Ayotzinapa, México. Los hechos del caso ocurrieron el 26 de septiembre de 2014, cuando estudiantes de la escuela rural de Ayotzinapa fueron agredidos por policías tras abordar un autobús que los iba a trasladar a la Ciudad de México para participar en una protesta conmemorativa de la matanza de Tlateloco ocurrida el 2 de octubre de 1968. Desde entonces, se desconoce el paradero de los 43 estudiantes. Por ello, en 2014 la CIDH adoptó la Medida Cautelar 409/14, ordenando al Estado realizar búsquedas de los estudiantes desaparecidos y que los hechos sean debidamente investigados. Posteriormente, la CIDH consideró necesario establecer un mecanismo de seguimiento del caso, el cual se tradujo en la publicación de tres informes.

La CIDH ha monitoreado in situ las acciones del Estado en relación con cuatro componentes: (i) la investigación para determinar responsabilidades penales por los hechos; (ii) la búsqueda de los 43 estudiantes desaparecidos; (iii) la atención a las víctimas y sus familiares; y (iv) las medidas estructurales en materia de desaparición de personas en México. En uno de los temas del informe, en el que la CIDH abordó los principales avances en el esclarecimiento de los hechos, se señaló que los avances se refieren a la recopilación y levantamiento de pruebas sobre el fenómeno de la violencia en Guerrero, las agresiones sufridas por los estudiantes, su privación de libertad, su desaparición forzada y la formulación de hipótesis sobre el posible destino de los estudiantes. Asimismo, los principales avances en materia de justicia se tradujeron en la identificación de presuntos responsables, la presentación de nuevas denuncias y el inicio de procesos penales ante los tribunales para determinar la responsabilidad penal de funcionarios públicos e integrantes de grupos delictivos que participaron en las agresiones y desapariciones forzadas.

La CIDH expresó una serie de recomendaciones al Estado y alegó que la determinación del paradero de los estudiantes debe guiar la estrategia de investigación del caso Ayotzinapa, lo que se deriva de los tratados internacionales de derechos humanos de los que México es parte y de la obligación de ius cogens relativa a la prohibición de la desaparición forzada de personas. El tercer informe puede consultarse aquí y el comunicado de prensa aquí.  

— El 2 de noviembre de 2022 la Relatoría Especial para la Libertad de Expresión de la CIDH (RELE) expresó su extrema preocupación al reportar el mayor número de periodistas asesinados desde 1998 en las Américas. Según la Relatoría, en 2022 al menos 37 periodistas, de 10 de los 35 Estados miembros de la OEA, fueron asesinados en América por razones que podrían estar relacionadas con su profesión. Por lo tanto, este fue el año en el que más periodistas fueron asesinados desde la publicación de su primer informe anual hace 24 años, en 1998. “En contextos de erosión democrática como los que hoy enfrenta gran parte de la región, la prensa no sólo es un medio crucial para mantener informada a la ciudadanía sobre asuntos de relevancia pública y oxigenar el debate público, sino que además cumple un rol de defensa y promoción de la libertad de expresión y los derechos humanos”, destacó la RELE. En este sentido, señaló que en varios países de la región, la violencia contra los periodistas está relacionada con el auge de grupos violentos del crimen organizado. En sus observaciones finales, expresó que la falta de una reacción institucional verdaderamente fuerte es un motor permisivo para la repetición constante de la violencia contra los medios de comunicación, por lo que llamó y alentó a los Estados a luchar contra la impunidad. El comunicado de prensa puede consultarse aquí.

— El 5 de octubre de 2022, la Relatoría Especial para la Libertad de Expresión de la CIDH (RELE) y la Organización de las Naciones Unidas para la Educación, la Ciencia y la Cultura (UNESCO) iniciaron un proyecto que busca fortalecer la participación de distintos actores en las Américas durante el Examen Periódico Universal (EPU). Se estima que el proyecto tendrá una duración de seis meses y abordará temas relacionados con la libertad de expresión, la seguridad de los periodistas y el acceso a la información. La RELE afirmó que ha observado un aumento acelerado de agresiones, intimidaciones y actos de violencia contra la prensa en las Américas en los últimos años, indicando que fomentar una colaboración exitosa entre el Sistema Interamericano de Derechos Humanos y las Naciones Unidas es crucial para garantizar que los diferentes mecanismos trabajen juntos para promover la libertad de expresión, la seguridad de los periodistas y el acceso a la información. En la primera etapa del proyecto, la RELE recopilará información sobre los sistemas y desafíos presentados por múltiples partes interesadas en América durante el proceso de recopilación y análisis de información para su presentación al EPU. Posteriormente, los resultados serán examinados para fortalecer a las partes interesadas e identificar sus “mejores prácticas” y “desafíos recurrentes” en el desarrollo de insumos para las presentaciones del EPU. El comunicado de prensa puede consultarse aquí.

2. Corte Interamericana de Derechos Humanos (Corte IDH)

La Corte IDH es un tribunal regional de derechos humanos, encargado de aplicar e interpretar la Convención Americana sobre Derechos Humanos y otros instrumentos de derechos humanos de la región. Su principal función es decidir casos sobre violaciones de derechos humanos cometidas por Estados que hayan aceptado su jurisdicción.

Últimas noticias de la Corte IDH:

El 21 de noviembre de 2022 la Corte IDH declaró al Estado ecuatoriano internacionalmente responsable de la ejecución extrajudicial de Joffre Antonio Aroca Palma en el curso de una intervención policial en Guayaquil. El 27 de febrero de 2001 el señor Aroca se encontraba fuera de su domicilio en la ciudad de Guayaquil, cuando fue detenido por agentes de policía. Tras entrar en el vehículo policial, el subteniente de la Policía Nacional, Carlos Eduardo Rivera Enríquez, dio instrucciones al conductor para que entrara en la explanada del estadio Isidro Romero. En ese lugar, la víctima fue conducida a la parte alta del estadio cuando se escuchó una detonación de arma de fuego y los policías regresaron sin la víctima. En consecuencia, el 19 de abril de 2002 el Tribunal Penal de Oficiales Superiores de la Policía Nacional dictó sentencia declarando la responsabilidad penal del subteniente Rivera Enríquez como autor del delito de homicidio calificado o asesinato, imponiéndole una pena de ocho años de reclusión mayor. Sin embargo, el 15 de marzo de 201, el Juzgado Décimo de Garantías Penales del Guayas, a solicitud de Rivera Enríquez, declaró la prescripción de la pena que le fue impuesta.

Con base en estos hechos, la Corte IDH encontró una violación del derecho a la vida de la víctima (artículo 4), derivada de un ejercicio arbitrario de la fuerza por parte de un agente estatal con resultado de muerte. La Corte IDH también encontró que se violó el derecho a la libertad personal de la víctima (artículo 7), ya que su detención no cumplió con los requisitos de una orden judicial, ni respondió a una situación de flagrancia, ni cumplió con el requisito de legalidad. Adicionalmente, se consideró que se violó el derecho a la integridad personal de la víctima (artículo 5) porque sufrió angustia, ansiedad y temor ante la posibilidad real de que los hechos culminaran con su propia muerte, en clara violación a su integridad psíquica y moral. Finalmente, también se declaró la vulneración de las garantías judiciales y la tutela judicial (artículos 8 y 25), así como de la integridad personal de los familiares de la víctima. La sentencia puede consultarse aquí y el comunicado de prensa aquí. 

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Boletín IHR LEGAL – Abril a Junio de 2021

Boletín IHR LEGAL – Abril a Junio de 2021

Declaración de la Alta Comisionada de la ONU para los DDHH, Michelle Bachelet, sobre el aumento de las violaciones y abusos de los DDHH en Mali; Declaración de la Comisión Africana de DDHH y de los Pueblos con ocasión del Día Internacional de Apoyo a las Víctimas de la Tortura; Declaración Conjunta en la víspera del Día Internacional contra la Homofobia, Lesbofobia, la Bifobia y la Transfobia; y mucho más aquí.

Boletín IHR LEGAL – Abril a Junio de 2021

IHR LEGAL Boletín de Noticias – Enero a Abril 2021

Declaración sobre el caso de George Floyd de la Alta Comisionada de la ONU para los DDHH, Michelle Bachelet; Resolución de la CIDH sobre “Las vacunas contra el COVID-19 en el marco de las obligaciones interamericanas de Derechos Humanos”; Resolución de la Comisión Africana de DDHH y de los Pueblos sobre el uso excesivo de la fuerza por agentes de Estados africanos; y mucho más aquí.

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